CONCESIÓN AUTOMÁTICA DE LA RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN SOCIAL Y AGILIZACIÓN DE AYUDAS AL ALQUILER

 


Las personas solicitantes de la ayuda por Renta Mínima de Inserción Social que lo hayan tramitado por la vía de Urgencia y Emergencia tendrán la concesión, siempre que cuenten con el correspondiente Anexo V del Decreto Ley que regula esta prestación, acompañado de informe social. Al igual que se agiliza el abono de las ayudas al alquiler de la vivienda, establecidas en la orden 30 de octubre de 2018.

Ambas ayudas se siguen gestionando desde el Ayuntamiento de Bormujos, en concreto, por parte de la Delegación de Bienestar Social, en los mismos cauces administrativos. Se trata de dos medidas aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en un Decreto Ley por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes, como consecuencia de la situación ocasionada por el Covid-19. Medidas que tendrán vigencia mientras se mantenga el Estado de Alarma.

Renta Mínima de Inserción Social


La ayuda de la Renta Mínima de Inserción Social, que será dictada por la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, dará por cumplidos todos los requisitos y estableciendo la cuantía en función de la composición de la unidad familiar, de concesión de las solicitudes de ampliación de esta prestación. Igualmente se prolongarán de forma automática las prestaciones que vayan venciendo, considerándose como anticipo a cuenta de la renta y quedando supeditadas a la posterior revisión.

Ayudas al alquiler

Asimismo, se ha incluido la agilización del abono de las ayudas al alquiler de vivienda, establecidas en la orden de 30 de octubre de 2018, por parte de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Por ello, se solicita que las personas que estén pendientes de la subsanación, al no haber aportado la documentación necesaria, lo hagan lo antes posible para resolver la concesión de ayuda.

Con el nuevo decreto ley, el objetivo es agilizar los procedimientos dando aviso a las personas interesadas vía telefónica o por correo electrónico.

En el caso de las personas interesadas, el teléfono de información es 954789270, el mismo cauce informativo establecido desde la Delegación de servicios sociales, en la sede de la Hacienda Belén.

Por ello, se informa a todos los solicitantes de dichas ayudas, que estén pendientes de las llamadas telefónicas que reciban como también de los correos electrónicos que indicaran en la solicitud para que puedan subsanar lo antes posible y así resolverse su solicitud como su concesión