LOS GRUPOS MUNICIPALES TENDRÁN QUE JUSTIFICAR SUS CUENTAS

Una medida innovadora en un Ayuntamiento, en aras a la transparencia

Los grupos políticos que conforman el Pleno  municipal de Bormujos (PSOE, PP, Ciudadanos y Participa Bormujos) tendrán que justificar a partir de ahora la “gestión y aplicación de los fondos públicos” que perciben como asignación económica. Así lo aprobó ayer, por unanimidad, el Pleno, a propuesta del delegado de Economía y Hacienda, Rafael Díaz.


Una medida que pretende garantizar “la máxima transparencia” en la gestión y en la correcta aplicación del dinero que los grupos municipales reciben. Las justificaciones se realizarán a través de la intervención municipal, comprobando así que los fondos se destinan a las actividades para las que se han previsto. Una iniciativa primeriza en Bormujos que comenzará a ponerse en práctica los meses de julio y enero de cada año, bajo la suscripción del portavoz de cada grupo según las aportaciones recibidas en el semestre anterior.  Como garantía de la veracidad de las cuentas presentadas, se facilitará una copia compulsada de los documentos justificativos del gasto, así como un extracto bancario de la cuenta existente para el ingreso de las asignaciones de cada grupo.


El Equipo de Gobierno consideraba que existía una escasa regulación en la materia y era “preciso que el Ayuntamiento regule el modo en que los grupos políticos deben poner a disposición del pleno su contabilidad específica e independientemente en materia de asignaciones económicas”.


La medida se basa en el artículo 73 de la Ley 7/85 de 2 de abril de Bases de Régimen Local y contempla que, en el caso de que no se presentara la justificación, quedará expresamente recogida como un saldo pendiente hasta su debida aplicación. En cualquiera de los casos, al terminar la legislatura, todos los grupos deberán haber presentado la documentación que se explica, debiendo reintegrar las asignaciones no justificadas a la Tesorería Municipal si no se siguiera este protocolo.


Para finalizar, el acuerdo suscribe la imposibilidad de destinar los fondos al pago de gastos de personal al servicio de la corporación o a la financiación de activos patrimoniales de carácter fijo.

 

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