TERCER PAQUETE DE AYUDAS PARA PYMES Y AUTÓNOMOS DE BORMUJOS

NUEVAS AYUDAS PARA PYMES Y AUTÓNOMOS
La Delegación de Desarrollo Local convoca el III Paquete de Ayudas para Autónomos y pymes, destinadas al sostenimiento de actividad.

LINEA 1: Ayudas al sostenimiento de la actividad empresarial de autónomos y empresas afectadas por la limitación horaria, como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el Covid19.

a) Es una subvención de hasta 1000 euros por cada una de las solicitudes aprobadas destinadas el sostenimiento de la actividad empresarial de autónomos y empresas, dadas de alta el 15 de marzo de 2020, afectadas por la limitación horaria, como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el Covid19.

b) Todas aquellas empresas o autónomos que, en virtud de la Resolución Definitiva 1362/2020 de 1 de septiembre hayan sido beneficiarias de las ayudas destinadas a paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19, solo podrán percibir en esta línea de ayudas la diferencia entre la cuantía concedida en dicha resolución y la cuantía máxima que se otorgará en esta ayuda.

LINEA 2: Ayudas al sostenimiento de la actividad empresarial de autónomos mediante el apoyo al pago de las cuotas de autónomos de Seguridad Social.

a) Serán subvencionables las cuotas del pago de las cotizaciones de autónomos correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020, siendo la cuantía máxima de 1000 euros.

b) Podrán beneficiarse de ella los autónomo dados de alta en el Régimen General de trabajadores autónomos:
a. Autónomos con actividad empresarial, que gestionan un
negocio a su nombre, sea cual sea su régimen de estimación
(directa u objetiva).
b. Autónomos profesionales, que coticen al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
c. Autónomos artistas o deportistas.
d. Autónomos societarios: administradores de empresas, obligados a cotizar por el Régimen Especial del trabajo autónomo.
e. Autónomos agrarios: autónomos incluidos en el sistema especial de trabajadores por cuenta propia agrarios.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

Documentación a aportar junto con la solicitud y anexos:
☑Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en el caso de persona física o CIF en caso de persona jurídica.
☑Certificado bancario de titularidad de la cuenta bancaria donde se recibió el abono de la ayuda.

PLAZO DE SOLICITUD.
El plazo de presentación de las solicitudes y la documentación que haya de presentarse será de 15 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Provincia de Sevilla, esto es desde el 12 al 28 de diciembre ambos inclusive.

¿COMO TRAMITARLAS?.

a. En la sede electrónica del Ayuntamiento de Bormujos. Deben presentarlo en el apartado de PRESENTACION DE ESCRITOS (PARTICIPACION CIUDADANA).
b. En el Registro General del Ayuntamiento con cita previa,
http://www.bormujos.es/ayuntamiento/cita-previa/ .
Deben seleccionar la misma para el Centro de Formación sito en Avda. de Mairena nº 56.
c. Cualquier otra forma señalada en el art. 16.4 de la Ley 39/2015.

JUSTIFICACION DE LA AYUDA.
• Informe de vida laboral
• Original y copia de las facturas que posean firma manuscrita. En el caso de electrónicas, simplemente deben aportar una copia.
• Certificado de la situación Censal de la actividad.
• Certificado de estar al corriente con las obligaciones con la
Seguridad Social y Agencia Tributaria.
• Informe de bases y cuotas ingresadas actualizado expedido por la Seguridad Social ( para aquellos autónomos beneficiarios de la Línea 2 de Ayudas).

NORMATIVA REGULADORA.
Resolución en virtud de la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Ayuntamiento de Bormujos destinadas al sostenimiento de actividad económica, con la finalidad de paliar el impacto derivada de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID 19 sobre empresarios y autónomos del municipio. ( BOP nº 283 de 5 de diciembre de 2020 y extracto de convocatoria en BOP nº 268 de 11 de diciembre de 2020).

CITA PREVIA E INFORMACION: 671414025